Cómo impedir que los proveedores médicos de Texas se apropien indebidamente de indemnizaciones por lesiones personales
By harmonsonlaw on septiembre 14th, 2022 in Negligencias médicas
Se supone que las indemnizaciones por lesiones personales compensan a las víctimas por las pérdidas derivadas del comportamiento ilícito o negligente de otra persona. Los daños compensatorios cubren pérdidas económicas, como facturas médicas, y no económicas, como dolor y sufrimiento.
Sin embargo, los hospitales pueden tratar de ir directamente tras los daños por lesiones personales o los acuerdos mediante la presentación de un derecho de retención del hospital. ¿Por qué? Porque las compañías de seguros que tienen un contrato con el hospital suelen negociar descuentos en las tarifas de los servicios sanitarios.
Así, los hospitales piensan que si pueden ir a por la indemnización por lesiones personales o daños y perjuicios de una víctima lesionada, pueden conseguir más dinero que si facturan a la aseguradora de la víctima. Como resultado, las víctimas lesionadas que interponen con éxito una demanda por lesiones personales pueden acabar pagando más de lo que habrían pagado si no buscaran una compensación legal por sus lesiones y se limitaran a dejar que su seguro médico pagara sus facturas.
Sin embargo, la legislación de Texas impide que los hospitales y otros proveedores de servicios sanitarios se aprovechen de este modo del sistema de justicia civil. Siga leyendo para aprender de nuestro El Paso, Texas abogados de lesiones personales en Harmonson Law Firm acerca de cómo la ley puede ser utilizada para mantener a los hospitales en su lugar cuando se trata de demandas por daños y perjuicios de lesiones personales.
Capítulo 146 del Código de Práctica Civil y Recursos de Texas
El capítulo 146 del Código de Prácticas y Recursos Civiles de Texas (CPRC) prohíbe determinadas reclamaciones de los proveedores de servicios sanitarios. Esta ley otorga protección a las personas que reciben una indemnización por lesiones personales o una indemnización del jurado, exigiendo a los proveedores de servicios sanitarios que facturen primero al seguro de la parte lesionada.
En virtud del CPRC § 146.001, la mayoría de las pólizas o acuerdos de seguro están protegidos por el capítulo 146, incluidos:
- Pólizas de seguro médico;
- Cobertura emitida por una organización para el mantenimiento de la salud (HMO) o una corporación sanitaria sin ánimo de lucro autorizada;
- Planes de prestaciones para empleados;
- Seguro de indemnización de los trabajadores; y
- Coberturas de protección contra lesiones personales (PIP) o de pagos médicos (Med Pay) proporcionadas por una póliza de seguro de automóvil.
Además, el capítulo 146 del CPRC define a los “proveedores de servicios de atención sanitaria” como “una persona que, en virtud de una licencia u otra concesión de autoridad expedida por este estado, presta servicios de atención sanitaria cuyos costes pueden ser pagados o reembolsados en virtud de un plan de prestaciones sanitarias” .
Por consiguiente, prácticamente todos los proveedores de asistencia sanitaria que aceptan seguros entran en el ámbito de aplicación del capítulo 146 del CPRC.
Requisito de facturación puntual de Texas
En virtud del CPRC § 146.002, el proveedor de servicios de atención sanitaria “facturará al paciente o a otra persona responsable los servicios prestados al paciente a más tardar el primer día delundécimo mes posterior a la fecha de prestación de los servicios”.
Dependiendo del contrato entre la compañía de seguros médicos y el proveedor de asistencia sanitaria, la fecha para presentar una reclamación puede ser inferior a 11 meses. Los mismos plazos se aplican a los hospitales contratados para facturar a Medicare y Medicaid.
¿Y si el seguro no factura a tiempo?
En virtud de CPRC § 146.003, cualquier proveedor de servicios de salud que no factura a tiempo el proveedor de seguro aplicable de la parte perjudicada por los requisitos de CPRC § 146.002 anterior “no podrá recuperar del paciente ninguna cantidad que el paciente hubiera tenido derecho a recibir como pago o reembolso en virtud de un plan de prestaciones sanitarias o que el paciente no hubiera estado obligado a pagar de otro modo si el proveedor hubiera cumplido [with the timely billing requirement.]”
Además, también se prohíbe a los proveedores de servicios sanitarios presentar reclamaciones contra cualquier otra persona que fuera responsable de las facturas del perjudicado.
Por ejemplo, imagine que ha sufrido lesiones en un accidente de tráfico y ha sido atendido en el hipotético “Hospital Regional”. En este caso, usted trabaja para un distrito escolar local que ofrece prestaciones de seguro de enfermedad en el marco de un plan de “ABC Insurance Co.
Durante su estancia en el hospital, se somete a servicios de diagnóstico y tratamiento. Semanas después, recibe una factura del Hospital Regional por valor de 85.000 dólares. A continuación, el Hospital Regional presenta un embargo hospitalario por la totalidad de los 85.000 dólares y lo envía al perito del seguro del automóvil y a su abogado, pero no factura a ABC Insurance.
Al año siguiente, usted llega a un acuerdo con el conductor culpable por 30.000 dólares. ¿Puede el Hospital Regional reclamar la indemnización de 30.000 dólares?
En virtud del capítulo 146 del CPRC, el Hospital Regional debía facturar al seguro ABC dentro del primer día delundécimo mes después de haber sido atendido en el hospital. Como resultado, un tribunal consideraría que el hospital sólo tiene derecho a recibir lo que usted debía pagar, en este caso, digamos una franquicia de 500 dólares por los servicios de urgencias. Como resultado, se ahorra 29.500 dólares de los 30.000 del acuerdo.
CPRC Capítulo 146 también puede trabajar para proteger su indemnización por lesiones personales – incluso en situaciones de Medicare, Medicaid y TRICARE.
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